MAPA DE LAS ALTAS CAPACIDADES

Murcia

NORMATIVA EN LA ATENCIÓN A LAS AACC-Murcia

#

MURCIA

AÑO (mes)

ARTÍCULOS

SUMA

1

ORDEN

2005 (my)

7

45

2

DECRETO

2009 (oct)

8

100

3

ORDEN

2010 (jn)

2

18

4

ORDEN

2011(feb)

2

20

5

INSTRUCCIÓN

2014 (jn)

1

15

6

INSTRUCCIÓN

2016 (jl)

1

15

DOI: 100-1-83-3-30-2

21

213

Nota relativa

102,90%

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Orden de 24 de mayo de 2005, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula el procedimiento, trámites y plazos para orientar la respuesta educativa de los alumnos superdotados intelectualmente.

 

ORDEN

24-05-2005, art.2.1

CONTENIDO

Los alumnos que tengan un rendimiento excepcional en todas las áreas asociado a un desarrollo equilibrado personal y social se consideran superdotados intelectualmente.

AREA

1. Identificación

CARACTER

Explícito

Valor

1*1*2

2

Notas

Superdotados intelectualmente

 

ORDEN

24-05-2005, art.2.2

CONTENIDO

Escolarización en Centros Ordinarios

AREA

2. Escolarización

CARACTER

Explícito

Valor

1*2*2

4

Notas

 

ORDEN

24-05-2005, art.2.3

CONTENIDO

La atención se contemplará dentro del Plan de Atención a la Diversidad.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1*4*2

8

Notas

ORDEN

24-05-2005, 2.4, 2.5, 2.6 y 2.7

CONTENIDO

Flexibilización del periodo de escolarización.

AREA

4. Atención

CARACTER

Explícito

Valor

1*4*2

8

Notas

Consistirá en su incorporación a un curso inmediatamente superior a aquel que le corresponda por su edad.

Cuando las medidas adoptadas por el centro, dentro del proceso ordinario de escolarización, se consideren insuficientes para atender a las necesidades y desarrollo integral de los alumnos

Esta medida podrá adoptarse hasta un máximo de tres veces en la enseñanza básica, si bien, en ningún caso, podrán aplicarse los tres años de reducción en un mismo nivel o etapa educativa, y una sola vez en las enseñanzas postobligatorias.

Evaluación psicopedagógica previa en donde se refleje que se han conseguido los objetivos del ciclo/curso en el que esté escolarizado.

ORDEN

24-05-2005, art. 3

CONTENIDO

Las necesidades educativas específicas derivadas de superdotación intelectual se acreditarán mediante la correspondiente evaluación psicopedagógica.

AREA

3. Evaluación

CARACTER

Explícito

Valor

1*3*2

6

Notas

 Deberá recoger el desarrollo general del alumno, la historia escolar y el contexto escolar, familiar y social.

 

ORDEN

24-05-2005, art. 4

CONTENIDO

Medidas ordinarias como respuesta educativa

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Implícita

Valor

1*5*1

5

Notas

Contenidos con distinto grado de dificultad, actividades de ampliación y de libre elección, adecuación de recursos y materiales, modelos organizativos flexibles, programas específicos y adaptaciones en los procedimientos de evaluación.

 

ORDEN

24-05-2005, art. 5

CONTENIDO

Medidas extraordinarias como respuesta educativa.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1*5*2

10

Notas

 Cuando las medidas curriculares ordinarias no resulten suficientes y se determine, alumno tiene un rendimiento excepcional en un número limitado de áreas, materias o asignaturas, se adoptará una adaptación curricular específica de ampliación o enriquecimiento en las mismas.

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Decreto 359/2009 de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

DECRETO

359/2009, art. 1.3

CONTENIDO

Regular la respuesta educativa a las necesidades diversas que puedan presentar los alumnos.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

 Explícito

Valor

2*5*2

20

Notas

Altas Capacidades Intelectuales

Se le considera con necesidad específica de apoyo educativo.

 

DECRETO

359/2009, art. 4

CONTENIDO

Actuaciones generales de atención a la diversidad

y las medidas ordinarias y específicas de respuesta educativa.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

 Implícita

Valor

2*5*1

10

Notas

Formará parte de la Programación General Anual.

 

DECRETO

359/2009, art 7.6

CONTENIDO

Medidas de apoyo educativo cuando no se ha obtenido una adecuada respuesta con las medidas de apoyo ordinario.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

2*5*2

20

Notas

Creación de grupos de profundización y enriquecimiento en contenidos de diferentes áreas.

 

DECRETO

359/2009, art. 10

CONTENIDO

Identificación, seguimiento y evaluación de las necesidades específicas de apoyo educativo.

AREA

1. Identificación

CARACTER

Implícito

Valor

2*1*1

2

Notas

Corresponde a los profesionales de la orientación educativa valorar la información relevante del alumnado, del contexto social y familiar y de los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza y aprendizaje.

 

DECRETO

359/2009, art. 13.1

CONTENIDO

Identificación del alumnado con altas capacidades intelectuales y valoración de forma temprana sus necesidades.

AREA

1. Identificación

CARACTER

Explícito

Valor

2*1*2

4

Notas

Altas Capacidades

 

DECRETO

359/2009, art. 13.2, 13.3, 13.4 y 13.5

CONTENIDO

Contempla la ampliación y enriquecimiento como medida extraordinaria de respuesta educativa.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

2*5*2

20

Notas

Altas capacidades, talento o sobredotación intelectual.

Corresponde a los profesionales de la orientación educativa identificar sus necesidades educativas y proponer la respuesta educativa: los contenidos con distintos grados de dificultad, las actividades de ampliación y libre elección, la adecuación de los recursos y los materiales, los modelos organizativos flexibles, los programas y medidas de apoyo específicos y las adaptaciones en los procedimientos de evaluación.

La respuesta educativa se orientará al desarrollo pleno y equilibrado de sus capacidades.

 

DECRETO

359/2009, art. 13.6

CONTENIDO

Flexibilización de la duración de cada etapa.

AREA

4. Atención

CARACTER

Explícito

Valor

2*4*2

16

Notas

Remite al artículo 77 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo.

 

DECRETO

359/2009, art 18.3

CONTENIDO

La escolarización en centros educativos ordinarios.

AREA

2. Escolarización

CARACTER

Explícito

Valor

2*2*2

8

Notas

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Orden de 4 de junio de 2010, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se regula el Plan de Atención a la Diversidad de los Centros Públicos y Centros Privados Concertados de la Región de Murcia.

 

ORDEN

04-06-2010, art 4.5 C.3

CONTENIDO

Medidas específicas para alumnos con altas capacidades intelectuales.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1*5*2

10

Notas

Altas Capacidades Intelectuales.

Adaptaciones curriculares de ampliación y enriquecimiento

Previa evaluación psicopedagógica.

 

ORDEN

04-06-2010, art. 4.5 C.4

CONTENIDO

Medidas específicas de atención.

AREA

4. Atención

CARACTER

Explícito

Valor

1*4*2

8

Notas

Flexibilización en la escolaridad.

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Orden de 3 de febrero de 2011, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo por la que se crea el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Altas Capacidades.

 

ORDEN

03-02-2011, art. 3 y 4

CONTENIDO

Finalidad, objetivos y funciones del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógico Específico de Altas Capacidades

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1*5*2

10

Notas

Funciones relacionadas con la orientación y el asesoramiento especializados al resto de Servicios de Orientación Educativa, a la Inspección de Educación y a los centros docentes.

Elaborar y difundir materiales, instrumentos, medios y tecnologías de ayuda, relacionados con la evaluación psicopedagógica y la respuesta educativa en la intervención con este alumnado.

Asesorar y orientar a la familia

 

ORDEN

03-02-2011, art. 6

CONTENIDO

Talleres de enriquecimiento extracurricular para alumnos con altas capacidades intelectuales.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1*5*2

10

Notas

Fuera del horario escolar en dependencia de los centros que escolarizan alumnos con altas capacidades.

También alumnado con algún perfil de excepcionalidad

Responsables el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Altas Capacidades.

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Resolución de 18 de junio de 2014, de la dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad, por la que se establece el procedimiento de prórroga de los centros preferentes de alumnado con Altas Capacidades para el curso 2014-2015.

 

INSTRUCCIONES

18-06-2014, art 1

CONTENIDO

Proyecto específico de Altas Capacidades de los Centros docentes de Enseñanza Secundaria.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1.5*5*2

15

Notas

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Resolución de 29 de julio de 2016, de la Dirección General de Innovación Educativa y de Atención a la Diversidad, por la que se regula la organización y el acceso a los talleres de enriquecimiento extracurricular para alumnos con altas capacidades.

 

INSTRUCCIONES

29-07-2016, art 2

CONTENIDO

Organización y funcionamiento de talleres de enriquecimiento extracurricular como medida específica.

AREA

5. Respuesta

CARACTER

Explícito

Valor

1.5*5*2

15

Notas

Se impartirán en centros de enseñanza secundaria, en horario de tarde y en periodo no lectivo.

Se desarrollarán con alumnados escolarizados en los niveles de 3º y 4º de la ESO, se realizará un único proyecto de trabajo con una duración de nueve sesiones.

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